jueves, 14 de mayo de 2009


Y EL HONORABLE DOCTOR ALVARO MEJIA MEJIA QUE NOS HA GUIADO DURANTE ESTE TRASNCURSO EL CUAL LE AGRADECEMOS POR SU TIEMPO PRESTADO Y APORTAR A NUESTROS CONOCIMIENTOS
ESTAS PERSONAS SON LAS QUE REPRESENTAN ESTE BLOG DE INSTITUCIONES JURIDICAS ROMANAS HAY UNA PARTE DEL GRUPO DEL TRABAJO





INSTITUCIONES JURIDICAS ROMANAS
PROTOCOLO SECCION NO .
Marzo 13DEL 2009

1 RECAPITULACION
2 INTERVERCIONES
3 LLAMADO A LISTA “AUSENTES”
4 AVANCE
5 ACTIVIDADES

Recapitulación
Definir patria potestad esta es un conjunto de poderes hay tres aspectos poder
-PODER SOBRE PERSONA
- PODER SOBRE BIENES
-PODER SOBRE RITOS SAGRADOS “SACRA PRIVATA ”

Los cuales donde ejercen
El ámbito su poder el pater familia
-la familia
Que es la familia desde el derecho romano . es toda persona que es sometido a la autoridad del paterfamilia

Intervenciones la cual los estudiante no se apropiaron directamente del tema

LLAMADO A LISTA AUSENTES MONICA LASPRIELLA , ROWLAND NAVARRO,VICTOR YEPEZ, LUISA JORDAN

AVANCE
LOS VINCULOS DE PARENTESCO EN LA FAMILIA ERAN
ANAGTIVO, PARENTESO CIVIL era derterminante
LA CONAGTIO , simplemente paerntesco sanguíneo este no erea determinante
Loa anagtio estaba en los criterio religiosos
E donde proviene la protesta LAS tres fuentes cuando surge la patria potesta son
- MATRIMONIO
- LEGITIMACION
- ADOCION

Que elementos encontramos en la guarda
-SUBORDINANTE
-SUBORDINADO

Lastutelas la vamos a encontrar po la edad y sexo las tutelas =curatela
Estas eran para administar patrimonio de una persona que no se consiera acta para hacerlo




Presentado por David lopez

INSTITUCIONES JURIDICAS ROMANAS
PROTOCOLO SECCION NO .
Viernes 7 marzoDEL 2009

1 RECAPITULACION
2 INTERVERCIONES
3 LLAMADO A LISTA “AUSENTES”
4 AVANCE
5 ACTIVIDADES

1. RECAPITULACION

Protestades pas podemos conocer impropias parecen postestaes pero no lo son
Impropias son 2
Potesta dominical
Las guardas
Las cuales las potestaes dominical : impropia para la que es impropia es el que domino sobre el esclavo y no es una verdadera potesta solo se da entre cives
- Las guardas : no son verdaderas potestades tutela ni curatelas no esta a favor del subordinante sino del subordinado


INTERVENCIONES DEL ESTUDIANTE
JHON FREDY MARQUEZ. EL CUAL NOS EXPLICA TEMAS DE LA CLASE ANTERIOR

LLAMADO ALISTA
AUSENTES
VICTOR YEPES
DAVID LOPEZ
ROWLAND NAVARRO

AVANCE
PATRIAD potestad : el subordinante es el cabeza pateer familia y los subordinados los hijos de familia
MANUS EN EL MATRIMONIO : subordinante el marido y el subordinaddo la mujer
Mancipium : venta el hijo
Subordinante del adquirienet subordinado hijo pero este no se convierte en esclavo

Definir patria potestad esta es un conjunto de poderes hay tres aspectos poder
-PODER SOBRE PERSONA
- PODER SOBRE BIENES
-PODER SOBRE RITOS SAGRADOS “SACRA PRIVATA ”

Los cuales donde ejercen
El ámbito su poder el pater familia
-la familia
Que es la familia desde el derecho romano . es toda persona que es sometido a la autoridad del paterfamilia

Actividad . no se dejaron para desarrollar
Desarrollado por Viviana Andrea betancourt
INSTITUCIONES JURIDICAS ROMANAS
PROTOCOLO SECCION NO .
JUEVES 30 DE ABRIL DEL 2009

1 RECAPITULACION
2 INTERVERCIONES
3 LLAMADO A LISTA “AUSENTES”
4 AVANCE
5 ACTIVIDADES

SOLUCION AL PROTOCOLO

1. -Se da lectura del protocolo anterior
- Se retoma lo de las bases de la clase anterior sobre la Resprivatae Singulate Y dar solución a las dudas los estudiantes, sobre el tema, por parte de la explicación del DOC .ALVARO HERNAN MEJIA MEJIA

2 se dan intervenciones por el estudiante FANOR MOLINA queda avance a la clase y unos grandes aportes a la clase de instituciones jurídicas romanas

3. Ausentes en el llamado a lista:
• Amalia Botero Gómez
• Monica Lasprilla
• Luisa Maria Jordán
• Dianela Niño
4. AVANZE

RES PRIVATAE LINGULATE *MANCIPI
*MOVILES -BIEN MUEBLE , Se trasladar
* Inmóviles – BIEN MUEBLES – no se puede trasladar
Cuando estamos hablando de dos cosas estamos hablando de derecho

*COSAS – CORPORALES
-INCORPORALES - REALES (IUS IUS TIEM)- Derecho a la cosa
- personales (IUS TIEM)- Derecho a determinada cosa, dar hacer, no hacer.

Máximo derecho sobre las cosas es la propiedad, se caracteriza por estar integradas por atributos:
1. Derecho a usar la cosa , IUS UTENDI (USUS)
2. Derecho de recoger los frutos de la cosa IUS FRUENDI (FRUCTUS)
3. Derecho de disponer de la cosa IUS ABUTENDI ( ABUSUS)

La posesión es la tenencia de una cosa ajena con ánimo de señor y dueño sea que se tenga por si o por interpuesta persona



presentado por rowland navarro torres

INSTITUCIONES JURIDICAS ROMANAS
PROTOCOLO SECCION NO .
JUEVES 1de MAYO DEL 2009

1 RECAPITULACION
2 INTERVERCIONES
3 LLAMADO A LISTA “AUSENTES”
4 AVANCE
5 ACTIVIDADES

SOLUCION AL PROTOCOLO

Statuss familia - potesta
- Guardas
En este mismo aparece el concepto
Quien se venefcia de una potesta es subordinante
A favor del subordinado guarda
Solo esto se da entrwe cives el estatus familia

INTERVERCIONES
ESTUDIANTE kennya franco y fanor molina
Los cuales se les han a lcarado las dudas sobre el tema
Y el estudiante David lopez … fue con un chiste que animos la clase

Ausentes
Todos cumplieron la cita de clase

AVANCE
Cives - siuris ,no sometido potesta
- Alieneris sin sometido a potestad

Protestades pas podemos conocer impropias parecen postestaes pero no lo son
Impropias son 2
Potesta dominical
Las guardas
Las cuales las potestaes dominical : impropia para la que es impropia es el que domino sobre el esclavo y no es una verdadera potesta solo se da entre cives
- Las guardas : no son verdaderas potestades tutela ni curatelas no esta a favor del subordinante sino del subordinado


presentado por carolina perea

jueves, 30 de abril de 2009


PROTOCOLO
Sesión No 05
Febrero 27 de 2009.
Recapitulación.
El profesor, nos habló del origen de la religión y como se llegan a establecer normas sobre propiedad privada, familia, sucesiones adopción etc…

Intervenciones
No hubo intervenciones. Se entregó la nota del examen parcial.
Asistencia
Faltaron Rowland Navarro Torres
David Gómez.
Avance.
ESQUEMA DE LA EVOLUCIÓN DEL DERECHO ROMANO.

Definimos los preceptos de orden religioso y jurídico.
Los preceptos religiosos se denominaron FAS
Los preceptos jurídicos se denominaron IUS
Esto obedece a una primera fase.
El derecho romano, se caracteriza por una fusión entre el FAS Y EL IUS pero con total prevalencia del FAS sobre el IUS, eran los sacerdotes y el PONTIFEX MAXIMUS quienes ejercían el poder. Era un derecho ritualista, sujeto a creencias y fórmulas religiosas.
Tanto así, que existían fórmulas sacramentales para el inicio de un contrato, según la tradición de la Iglesia, y si se equivocaba en la apreciación y / o acción del rito se dañaba el contrato o negocio establecido, y esto significaba que no tenía la preparación suficiente para los Dioses, y que ellos no lo inspiraron lo suficiente. Convirtiendo esto en una gran dificultad para el derecho romano.
Otra dificultad para el derecho romano, era que los casos se resolvían de acuerdo a la inspiración que recibiera el sacerdote o el Pontifex, por lo cual, siempre ganaban los poderosos, y en este orden, la mujer no valía nada.
El segundo paso del derecho romano, fue la división y separación del FAS y el IUS, lo que definimos como la independencia entre los preceptos religiosos y jurídicos.
El IUS, el cual vamos a estudiar en este curso, se divide a su vez en
IUS CIVILE
IUS GENTIUM
Esta división nace de la creencia de que los romanos eran seres perfectos, por lo cual se hacía necesaria, una división que demostrara y protegiera unos derechos para ellos, los ciudadanos civitas y otro derecho que reglamentara hasta donde podía llegar un extranjero.
El IUS CIVILE, tiene una gran influencia religiosa, heredada de sus costumbres y cultos.
El IUS GENTIUM, Buscó un respeto, unos principios básicos y respeto.
Por varias razones el poder de los más ricos, fue descendiendo hasta tal punto que se hizo necesario absorber la población no privilegiada por políticas económicas y de protección, lo que hizo que estos derechos se unieran y nace el DERECHO ROMANO.

INSTITUCIONES JURIDICAS ROMANAS
PROTOCOLO SECCION NO .
VIERNES 13 DE MARZO DEL 2009


1 RECAPITULACION
2 INTERVERCIONES
3 LLAMADO A LISTA “AUSENTES”
4 AVANCE
5 ACTIVIDADES

DESARROLLO DEL PROTOCOLO

1. -Se lee el protocolo anterior
- Se retoma lo de la clase anterior sobre la parte especial del derecho adjetivo derecho sustantivo para aclarar dudas de los estudiantes, sobre el tema el cual quedo claro, por parte de la explicación del DOC .ALVARO HERNAN MEJIA MEJIA

2. Se lee un texto tomado de internet por el DOC .ALVARO HERNAN MEJIA MEJIA sobre los diferentes esquemas de esclavitud.

3. Ausentes en el llamado a lista:
LÓPEZ CLAVIJO DAVID ALEJANDRO identificado con el numero de cedula; 1112770169

4. Tiene personalidad jurídica persona natural jurídica
STATUS LIBERTATIS: los habitantes de roma 2 clases:
-Libres y esclavos
Los esclavos = cosa = res


PATRICIOS Y PLEBELLOS AMBOS LIBRES.




5. Asuntos relacionados con la producción de video



_______________
FANOR MOLINA MEDINA, PROTOCOLANTE

Protocolo No 1


Lugar y Fecha: Cartago Valle – 18. feb. 09

Participan:
Estudiantes de primer semestre de Derecho
Universidad Cooperativa de Colombia



Moderador: Álvaro Hernán Mejia Mejia

Protocolante: Jhon Fredy Benavides


Desarrollo

Instituciones Jurídicas Romanas


Sesión no. 1
4/ FEB /2009


Componentes:

- Disciplinar
- Transversal

Disciplinar: parte especial y parte general.

1. Parte especial: Derecho sustantivo – personas: - persona natural
- persona jurídica
Derecho adjetivo - estructural
- funcional.

2. Parte general: Aspecto conceptual.
Aspecto histórico.


Transversal: competencias

- Esquemas (gráficos)
- Redacción (párrafo)
- Presentación.







LAS SESIONES ESTAN COMPUESTAS POR:

1. Recapitulación
2. Intervención: afirmativa - dubitativa - negativa.
3. Llamado a lista
4. El avance
5. Actividades



ACUERDO


El grupo de trabajo estuvo de acuerdo con la clase proclamada por el moderador.



CONCLUSION

En conclusión podemos decir que se especifico los métodos de trabajo en cada sesión, y que pudimos comprender los diferentes componentes jurídicos que se esquematizaron en esta sesión.

sábado, 28 de marzo de 2009

PROTOCOLO

Sesión No.

Lugar y Fecha: Cartago Valle – 4. Mar. 09


Moderador: Álvaro Hernán Mejia Mejia

Protocolante: Raul Andrey Burbano D.


1)Recapitulación


En la recapitulación, profundizamos un poco en lo que es el Esquema de la evolución del derecho romano.


FAS: Como precepto de orden religioso.
IUS: Como precepto de orden jurídico.





UNA SOLA MASA CON PREVALENCIA DEL FAS
SOBRE EL IUS.

Separación del FAS y el IUS.


2)Intervención


No hubo ninguna clase de intervención.

3)Llamado a Lista

Faltaron: Navarro Torres Rowlan
Niño Bunevar Dianela Faisuri.




4)Avance


Contextualización del esquema general de la evolución del derecho romano.





Monarquía Republica principado




Concepciones para concebir la historia del derecho romano.

Una amplia.
Una estrecha.

La concepción estrecha del derecho romano es el estudio del:

-Corpus Iuris Civilis.

La concepción amplia es el estudio de:

-La ley de las 12 tablas – Codex Decenviral.

Esta concepción comprende desde el año 450 a. C. hasta el 565 d. C.




El codex Justinianeo

Estaba integrado por 4 grandes partes:

1. Institutiones
2. La Pandecta
3. Codex Constitutione
4. Novellae


Instituctiones:

De Justiniano señalaban los elementos del derecho romano y estaban basados en las instituciones de Gayo, al principio se destinaban a los estudiantes de leyes pero al cabo de los años se publicaron con fuerza de ley.

La Pandecta

A partir de la historia jurídica, desde los años 30 a. C era una colección de los tribunales de leyes.

Codex Constitutione

Era una compilación de la legislación imperial hasta el año 534 d.C.

Novellae

Eran una colección de las leyes promulgadas por Justiniano y sus sucesores.


5)Actividades

- 400 latinajos – son 25 copias
- El video – Derecho Privado Romano.